En atención al Acuerdo 151 de 2005, «Por el cual se establecen mecanismos para la rendición de cuentas y la visibilidad de la gestión de los Concejales y del Concejo de Bogotá, D.C. y se dictan otras disposiciones», de manera atenta y respetuosa el Concejal Celio Nieves Herrera, presenta el Informe de Gestión de las actividades que ha realizado como Concejal de Bogotá. ARTÍCULO 1.- RENDICIÓN DE CUENTAS DE LOS CONCEJALES DE BOGOTÁ, D.C.

Los Concejales de Bogotá rendirán cuentas de su gestión a la ciudadanía dos veces al año. A más tardar el 30 de junio y el 31 de diciembre deberán publicarse los informes correspondientes que quedarán a disposición del público de manera permanente en la página de Internet del Concejo y en la Secretaría General de la Corporación. Esta obligación surge para todo aquel que se haya posesionado como Concejal en el respectivo semestre, sin importar el tiempo que haya permanecido en el cargo. La rendición de cuentas consistirá en la presentación de un informe de las actividades que haya realizado el Concejal en cumplimiento de sus funciones.

El informe contendrá la presentación y explicación de las proposiciones presentadas, los debates adelantados, las ponencias rendidas, los proyectos de acuerdo presentados y el trámite que hayan recibido, y los votos emitidos, así como la labor de la respectiva bancada, elaborada, planteada o descrita por el vocero de la misma. Además, y a juicio de quien presenta el informe, se incluirán aquellas actividades que aunque se realizan fuera de las sesiones formales del Concejo, se relacionan con sus tareas como Concejal.