Objetivo
Declarar el tercer jueves del mes de febrero de cada año, como el “Día Distrital de las personas dedicadas a las ventas informales”, como medida para reivindicar y garantizar el derecho constitucional y fundamental al trabajo de todas aquellas personas que desarrollan esta labor como medio principal de subsistencia.
Reconocimiento público de los vendedores informales
La Administración Distrital en cabeza de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico en el marco del objeto del presente Acuerdo, desarrollará e implementará un reconocimiento público a los vendedores informales, sean ambulantes o estacionarios, de la ciudad de Bogotá D.C., en el cual enaltecerá la importancia de garantizar el derecho fundamental al trabajo en condiciones dignas de esta población.