Objetivo
La Administración Distrital diseñará e instalará puntos de hidratación o bebederos de agua potable permanentes en los parques y ciclorrutas en armonía con el Plan Maestro de Equipamientos Deportivos y Recreativos.
«Por el cual se reglamenta la instalación de puntos de hidratación humana o bebederos de agua potable en parques y ciclorutas del Distrito Capital»